viernes, 28 de febrero de 2014

ASI SERAN LOS HORARIOS DE LOS PARTIDOS PARA EL APERTURA 2014 Y NUEVA REGLA DE CIERRE DE PLANILLA.

        ORDEN DE LAS CATEGORIAS
APERTURA

ORDEN
PARTID
COMIENZO
ESTIMADO
CATE
GORIA
ARBITRO

1RO.

14,00 hs
07
13,45

2DO.

15,00 hs
01


3RO.

15,50 hs
03


4TO.

16,40 hs
02
16,25

5TO.

17,30 hs
06
17,15

6TO.

18,20 hs
05


7MO.

19,10 hs
04



NOTA: TOLERANCIA PARA EL PRIMER ENCUENTRO: 15 MIN.     EL ORDEN DE LOS PARTIDOS PUEDE SER MODIFICADO TANTAS VECES LA C.D. LO CONSIDERE OPORTUNO.


CIERRE DE ESPACIO DE FIRMAS EN PLANILLA DE JUEGO
Debido a las particularidades del presente CAMP. OFICIAL 2014, al no haber presentismo, la C.D. se ve en la necesidad de modificar en parte el inciso R) del ART. 35., por lo tanto a partir del APERTURA, las modificaciones son las siguientes.
a – cuando se encuentre todo listo para dar comienzo el encuentro (en cualquiera de las SIETE categorías), luego de la charla previa que el ARBITRO debe dar en el centro del campo de juego a los jugadores, DEBERA el ARBITRO  acercarse a la mesa de control, colocar una de sus manos sobre dicha mesa, y hacer sonar una vez su silbato. Esto significará que NINGUN jugador podrá ya firmar la planilla de juego, debiendo inmediatamente, CERRARSE el espacio de las firmas de los jugadores AUSENTES.  Verificando el ARBITRO dicho cierre.
b – el cierre del espacio de firma de jugadores ausentes en planilla de juego deberá realizarse con un FIBRON o con bolígrafo de modo tal que se complete dicho espacio TOTALMENTE (ver ejemplo), es decir ya no será valida la línea de cierre como hasta el pasado año.  A modo de ejemplo, el espacio deberá estar cerrado como se indica a continuación:
Firma de jugador

c – verificado por el árbitro el cierre de espacio de acuerdo a estas modificaciones, procederá a dar comienzo el encuentro, haciendo sonar su silbato, ubicado ya dentro del campo de juego.
d – si resultare que algún jugador arriba luego de cerrado el espacio de la firma en la planilla de juego, el mismo solo podrá jugar perdiendo previamente los puntos en disputa la categoría en la que juega.
e – se supone que no debería haber conflictos respecto a estas modificaciones, si lamentablemente no fuese así, el TRIBUNAL será el encargado de resolver el mismo, pudiendo ser tal resolución de tipo económica y/o deportiva.
f – respecto al inc. R) del ART. 35, rige todo aquello que esta modificación no indica

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